F… y el Sr. y la Sra. C… apelaron después de que el tribunal administrativo se negara a condenar solidariamente a un municipio y a la sociedad S. por los desperfectos en el muro medianero de su parcela. El Tribunal Administrativo de Apelación de Versalles recuerda que los terceros víctimas de daños causados por un contratista durante obras públicas pueden reclamar la reparación al contratista, a la entidad pública titular de la obra o a ambos solidariamente. En este caso, los desperfectos (humedad, moho) derivan de los trabajos de la sociedad S. en el muro municipal. En consecuencia, la condena solidaria del municipio y de la sociedad S. a reparar los perjuicios está justificada. (CE, 2 de mayo de 2024, req. n.º 21VE01543).


